RIESGOS DEL SOCORRISTA
A veces, el deseo de ayudar a alguien cuando nos
parece que su vida peligra puede llevarnos a ignorar los riesgos a los que
estamos sujetos. Si no están garantizadas las condiciones de seguridad antes de
atender a una víctima, en casos extremos, podría producirse la muerte tanto de
la víctima como del socorrista. Existe una regla básica que nunca debe olvidar:
el socorrista no debe exponerse a sí mismo ni a terceros a mayor riesgo que el
que corre la propia víctima. Antes de aproximarse a alguien que pueda,
eventualmente, estar en peligro, el socorrista debe asegurarse primero de que
no correrá ningún riesgo:
- Ambiental:
descarga eléctrica, derrumbamiento, explosión, tráfico.
- Tóxico:
exposición a gas, humo o productos tóxicos.
- Infeccioso:
tuberculosis, hepatitis, VIH, etc.
La mayoría de las veces, una evaluación adecuada y
un mínimo de cuidado (como por ejemplo, la utilización de guantes de
protección) son suficientes para garantizar las condiciones de seguridad
necesarias.
AMBIENTALES
Si se detiene en la carrera para socorrer a una
víctima de un accidente de circulación, debe:
- Situar
su coche de forma que lo proteja, a modo de escudo, es decir, antes del
lugar del accidente y en el sentido en el cual éste haya ocurrido.
- Identificar
el lugar con el triángulo de señalización de peligro a la distancia
adecuada.
- Encender
las luces de posición o emergencia.
- Usar ropa
clara, para que pueda ser más fácilmente visible.
- Apagar
el motor, para disimular la probabilidad de incendio.
Estas medidas, aunque son sencillas, son, en
principio, suficientes para garantizar las condiciones de seguridad.
TÓXICOS
En caso de detectar la presencia de productos
químicos o materias peligrosas, es fundamental evitar el contacto con dichas sustancias
sin guantes y no inhalar vapores que éstas hayan podido liberar.
Las situaciones en las que la víctima haya sufrido
una intoxicación pueden representar un mayor riesgo para quien socorre,
especialmente en el caso de haber sido causada por humo o gases tóxicos, como
el cianuro o el ácido sulfúrico. Para el auxilio de este tipo de víctimas es
importante identificar el producto, así como su forma de presentación (polvo,
líquido, gas) y contactar con el Servicio de Información Toxicológica para una
información específica, especialmente sobre posibles antídotos.
En las situaciones en las que el producto tóxico es
corrosivo (ácidos o bases fuertes) o en las que puede ser absorbido por la piel
(por ejemplo, paratión-metil), es fundamental que, además de ventilar el local,
se usen guantes y ropa de protección- con el fin de evitar cualquier contacto
con el producto- y se utilicen máscaras, para evitar su inhalación.
En resumen, al socorrer a una víctima en una
situación en la que pueda haberse producido una intoxicación, deberán cumplirse
rigurosamente todas las medidas universales de protección, es decir, usar
siempre que sea posible guantes, bata, máscara y gafas.
INFECCIOSOS
La posibilidad de transmisión de infecciones entre
la víctima y el reanimador ha sido centro de una gran preocupación, sobre todo
recientemente, con el temor a la contaminación por virus de la hepatitis B y
del VIH.
La transmisión de cualquier virus, incluso en los
casos en los que existe contacto con saliva, es altamente improbable, excepto
en las situaciones en las que la saliva esté contaminada con sangre. Teniendo en
cuenta que la sangre es el principal vehículo de contagio, deben adoptarse
todas las medidas universales de protección, especialmente la utilización de
guantes y máscara.
CUESTIONES
LEGALES
Toda persona está obligada a prestar auxilio en caso
de emergencia, bien sea para aplicar técnicas de auxilio o bien solamente para
solicitar ayuda especializada. Además de las obligaciones morales y cívicas de
ayuda a las que todos debemos estar sujetos, también existen las obligaciones
legales de asistencia a las víctimas de cualquier tipo de accidente.
Si rehusamos o no prestamos el auxilio necesario,
estamos cometiendo un delito, que puede conllevar el pago de una multa o
incluso una pena de prisión. La no-prestación de auxilio puede pasar por,
simplemente, no solicitar ayuda médica, llamando al 112.
La penalización por el delito en cuestión se agrava
cuando la persona que dejó de prestar auxilio fue responsable directa de un
accidente que causó víctimas o simplemente se vio envuelta en el incidente.
Esta situación está prevista en el artículo 195 del
código penal español; se considerará como falta muy grave y prevé
penalizaciones que pasan por arresto, multa o ambas.
Cuando la situación referida haya sido creada por la
persona que no presta el auxilio, la pena que se prevé es de prisión menor.
La omisión sólo no es punible cuando se produce
debido a un grave riesgo para la vida o integridad física del omitente.
Estos deberes de solidaridad comunes a todas las
personas, lo son más fuertes para aquellos que voluntariamente o por contrato
asumen la función de socorrer a las personas.
Del socorrista no sólo se va a demandar la
actuación, sino también el intento de evitar el resultado que pueda producirse.
|
DELITO POR
OMISIÓN DE SOCORRO
|
|
En
el código penal español puede leerse lo siguiente, con relación a este
delito:
|


No hay comentarios:
Publicar un comentario